Suelo Raíz El suelo echa raíces: sigue siendo público para siempre.
El suelo público no se vende: se presta
El ayuntamiento no vende sus terrenos. Los presta durante 60-75 años a la empresa que ofrezca las viviendas más asequibles y de mayor calidad. Cobra un pago cada año y, al final, recupera el terreno y el edificio. Por eso, quien compra una de esas viviendas compra su uso durante el plazo que quede, no para siempre.
Imagina un solar municipal que vale 8 millones de euros. El ayuntamiento puede venderlo, construir directamente o ceder su uso. La propuesta prioriza esta tercera vía:
Pierde el terreno para siempre. Su posible revalorización futura quedaría en manos privadas.
Necesita una enorme cantidad de dinero público.
Mediante : sigue siendo suyo, cobra un anual y recupera todo al terminar.
Ejemplo En ese solar, el se compromete a hacer 300 viviendas
¿Quién obtiene el derecho de uso del terreno? Gana el quien obtenga más puntos sumando:
- Precio de venta más bajo
- Alquiler más bajo
- Más calidad
- Obra más rápida
- Mejor pago anual al ayuntamiento
No gana quien pague más por el terreno, sino quien ofrezca más vivienda asequible y de calidad.
La línea del tiempo
El suelo municipal funciona como un «fondo soberano inmobiliario local»: no se pierde, da ingresos todos los años y vuelve al pueblo o ciudad.
Control y antifraude
Riesgo:Que las empresas se repartan los concursos y pacten precios.
Control:Los pliegos los revisa la autoridad de competencia, cada empresa firma que su oferta es independiente y un sistema detecta patrones repetidos entre licitadores.
Riesgo:Ganar con una oferta imposible y renegociar después.
Control:Ningún cambio de contrato puede subir el precio ni el alquiler comprometidos. La desviación la asume el constructor.
Riesgo:Dejar que el edificio se deteriore antes de devolverlo.
Control:Fondo de conservación obligatorio, revisión técnica cada diez años y retención de una parte del canon hasta comprobar el estado.
Riesgo:Traspasar la concesión a un tercero que luego presione por rentabilidad.
Control:El traspaso necesita autorización del ayuntamiento, que además tiene derecho preferente de compra.